martes, 17 de mayo de 2011

contrato

CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO A TERMINO INDEFINIDO
NOMBRE DEL EMPLEADOR


DIRECCION DEL EMPLEADOR
NOMBRE DEL TRABAJADOR


DIRECCION DEL EMPLEADOR


LUGAR,FECHA DE NACIMIENTO Y NACIONALIDAD



CARGO U OFICIO QUE DESEMPEÑRA EL TRABAJADOR
SALARIO



PERIODOS DE PAGO


FECHA DE INICIACION DE LAS LABORES
LUGAR DONDE SE DESEMPEÑARAN LAS LABORES



CIUDAD DONDE HA SIDO CONTRATADO

Entre EL EMPLEADOR  marisol sanchez sanguino identificada con el numero d identidad 93101407614 de malaga , jefe de personal de la empresa creasiones IP LIDA Y el trabajador cristian andres chaves sarmiento con documento de identidad numero de identidad 960516194101  ,de las condiciones ya dichas ,identificadoscomo aparese al pie de sus firmas , se ha celebrado el presente contrato individual de trabajo ,rejido además por las siguientes causas:
PRIMERA :OBJETO. EL EMPLEADORcontrata los servicios personales del TRABAJADOR y este se obliga :a)a poner al servicio del EMPLEADOR toda su capacidad normal de trabajo , en el desempeño de las funciones propias del oficio  mencionado y en las labores anexas y complementarias del mismo ,de conformidadcon las ordenes  e instrucciones que le imparta EL EMPLEADOR directamente o atraves de sus representantes.b) a prestar sus servicios en forma exclusivaal empleador ;es decir ,a no prestar directa  ni indirecta servicios lavoralesa otros EMPLEADORES ni atrabajar por cuenta propia  en el mismo oficio ,durante a vigencia de este contrato ;y  c) a guardar absoluta reserva sobre los hechos , documentos físicos y/o  electrónicos informaciones y en general  sobre todos los asuntos y materias que yeguen asu conocimiento con causa o co ocasión de su contrato de trabajo
SEGUNDA :REMUNERACION EL EMPLEADOR pagar al trabajador por la prestación de sus servicios el salario indicado ,pagadero en las oportunidades también señaladas arriba . dentro de este pago se encuentra incluida la remunerasion de los descansos dominicales y festivos de que tratan
SEGUNDA :REMUNERACION EL EMPLEADOR pagar al trabajador por la prestación de sus servicios el salario indicado ,pagadero en las oportunidades también señaladas arriba . dentro de este pago se encuentra incluida la remunerasion de los descansos dominicales y festivos de que tratan lo capítulos I,II,III del titulo VII del C.S.T parágrafo primero :se aclara y se conviene que en los casos en los que EL TRABAJADOR debengue comiciones o cualquier otra modalidad de salario variable ,el 82.5 %de dichos ingresos ,constituye remuneración de la labor realisala ,y el 17.5% restante esta destinado a remunerar el descanso en los días dominicales y festivos de que tratan los capítulos I y II del titulo VIII del C.S.T. parágrafo segundo las partes acuerdan que en los casos en que se reconozcan al TRABAJADOR  beneficios diferentes al salario ,por concepto de alimentación ,habitación o vivienda trasporte o vestuario se concideraran tales beneficios o reconocimientos no salariales por lo tanto no se tendrán en cuenta como factor salaria como liquidación de acreencias laborales ,ni el pago de aportes parafiscales diferentes a los de la social ) , de conformidad con los Arts ,15 y 16 de la ley 50/90, en concordancia con el Arts 17 de la 344/96.
TERCERA TRABAJO NOCTURNO ,SUPLEMENTARIO ,DOMINICAL Y/O FESTIVO :todo trabajo nocturno suplementario o en horas extras y todo trabajo el dia domingo o festivo en los que legal mente debe concederse descanso ,se enumerara conforme lo disponible expresamente la ley , salvo acuerdo en contrario contenido en convención , pacto colectivo o laudo arbitral , para el reconocimiento y pago del trabajo suplementario , nocturno, dominical o festivo ,EL EMPLEADOR o a sus representantes para su aprobación . EL EMPLEADOR , en consecuencia no reconocerá ningún trabajo suplementario , trabajo nocturno o en días de descanso legal mente obligatorio que no haya sido autorizado previamente o que , habiendo sido avisado inmediata mente , nohaya sido aprobado como queda dicho . tratandose   de trabajadores de dirección , confianza o manejo no habrá lugar al pago de horas extra
CUARTA :JORNADA DE TRABAJO. EL TRABAJADOR  seobliga a laborar la jordada máxima legal, salvo estipulación expresa escrita en contrario, se obliga a laborar la jornada máxima legal cumpliendo con los turnos y horarios que señale el EMPLEADOR ,  quien podrá cambiarlos o ajustarlos cuando lo estime conveniente por el acuerdo expreso o taccito de las partes , podrían repartirsentotal o parcial mente las horas de jornada ordinaria , con base en lo dispuesto en el atr .164del C.S.T modificado por el atr . 23 de la ley 50/90 , teniendo en cuenta que los tiempos de descanso entre las secciones de jornada no se computan detro de las mismas , según el articulo 167 ibidem . de igual manera las partes podrán acordar que se presten el servicio en los turnos de jornada flexible contemplados en el articulo 51 de la ley 789de 2002
QUINTA :PERIODO DE PRUEBA  los primeros dos meses del presente contrato se consideraran como periodo de prueba y por consiguiente , cualquiera de las partes podrá terminar el contrato unilateral mente , en cualquier momento durante dicho periodo , si que por este hecho se cause el pago de indepnisacion alguna
SEXTA : DURACION DE CONTRATO .  la duración del contrato será indefinida , mientras supcista las causas que dieron origen y materia de trabajo .

por cualquiera de las partes, las enumeradas en los Art.62 y 63 del C.S.T., modificados por el Art. 7 del decreto 2351/65 y además, por parte del EMPLEADO, las faltas que para el efecto se califiquen como graves en reglamentos y demás documentos que contengan reglamentaciones, ordenes, instrucciones o prohibiciones de carácter general o particular, pactos, convenciones colectivas, laudos arbitrales y las que expresamente convenga calificar así en escritos que formaran parte integrante de este contrato. Expresamente se califican en este acto como faltas graves la violación a las obligaciones y prohibiciones contenidas en la clausula primera del presente contrato
OCTAVA: INVENCIONES. Las invenciones realizadas  por el TRABAJADOR le pertenecen, salvo a) en el evento que la invención haya sido realizada por el TRABAJADOR contratado para investigar, siempre y cuando la investigación sea el resultado de la misión especial para la cual ha sido contratado b) cuando el trabajador no ha sido contratado para investigar y la invención se obtiene mediante datos o medios conocidos o utilizados en razón desempeñada. En este ultimo evento, el trabajador tendrá derecho a una compensación que se figara por un tribunal de arbitramento designado por las partes en cumplimiento de las normas laborales y de arbitraje vigentes para el momento en que origine el conflicto, de acuerdo al monto del salario, la importación del invento o descubrimiento, el beneficio que reporte al EMPLEADOR u otros factores similares
NOVENA: DERECHOS DE AUTOR. Los derechos patrimoniales de autor sobre las obras creadas por el TRABAJADOR en ejercicio de sus funciones o con ocasión ellas pertenecen al EMPLEADOR. Todo lo anterior sin perjuicio de los derechos morales de autor que permanecerán en cabeza del creador de la obra, de acuerdo con la ley 23 de 1982 y la decisión 351 de la comisión del acuerdo de Cartagena
DECIMA: MODIFICACION. DE LAS LABORES CONDICIONES LABORALES. EL TRABAJADOR acepta desde ahora expresamente todas las modificaciones de sus condiciones laborales determinadas por el EMPLEADOR en el ejercicio de su poder subordinado, tales como los turnos y jornadas de trabajo, el lugar de prestación de servicio, el cargo u oficio y/o funciones y las formas de remuneración, siempre que tales modificaciones no afecten su honor, dignidad o sus derechos mínimos


CIUDAD



FECHA

EL EMPLEADOR :
EL TRABAJADOR
C.CO NIT
C.C O Nº
TESTIGO


No hay comentarios:

Publicar un comentario